El fiscal general interviene para derogar la protección a una salvadoreña que fue violada. Su decisión puede sentar un precedente para cientos de casos
12 de junio de 2018 – Washington – Agencias.
Haber sido víctima de violencia doméstica en el país de origen no es motivo suficiente para recibir asilo en Estados Unidos. Este es el argumento que empleó este lunes el fiscal general estadounidense, Jeff Sessions, en el proceso judicial de una mujer salvadoreña que había sido violada y agredida físicamente por su exmarido. La decisión de Sessions tendrá presumiblemente implicaciones en cientos de peticiones de asilo en EE UU y es un paso más en la feroz cruzada del Gobierno de Donald Trump contra la inmigración.
En una decisión polémica, Sessions decidió hacer uso de su facultad de intervenir personalmente en el caso y revertir la decisión de una corte de apelaciones migratoria del Departamento de Justicia que había concedido asilo a la mujer salvadoreña. Los tribunales migratorios operan bajo la órbita del Departamento de Justicia, es decir, forman parte del poder ejecutivo no del federal de EE UU. Eso permite al fiscal general utilizar su facultad de tumbar fallos judiciales previos.
Sessions -emblema de la mano dura contra la inmigración y la delincuencia- esgrime en su decisión que “el prototipo de refugiada escapa de su país porque el gobierno la está persiguiendo” y alega que una persona puede sufrir en su país de origen “amenazas y violencia por razones relacionadas con su situación social, económica, familiar u otras circunstancias personales”. Pero añade un matiz: “El estatus de asilo no proporciona una reparación para toda la mala fortuna”. Según esa fría interpretación, ser violada es una cuestión de mala suerte que no incumbe a EE UU.
En otras palabras, Sessions argumenta: “Entiendo que muchas víctimas de violencia doméstica puedan intentar escapar de sus países de origen para librarse de una situación extrema, pero el estatuto de asilo no es un estatuto general de adversidad”.
Esa decisión afectará a muchos otros casos. “En general, las peticiones de inmigrantes correspondientes a violencia doméstica o de bandas perpetrada por actores no gubernamentales no cualificará para asilo”, señaló Sessions. “El mero hecho de que un país pueda tener problemas para vigilar con efectividad determinados delitos, como violencia doméstica o de bandas, o que ciertos grupos de población tienen más probabilidad de ser víctimas de delitos, no puede suponer en sí mismo una demanda de asilo”, agrega.
En cambio, la junta de apelaciones migratoria consideró en diciembre de 2016 que la mujer tenía derecho al asilo en EE UU, bajo la categoría de “grupo social particular”, porque muchas mujeres en El Salvador tienen dificultades de dejar a maridos que abusan de ellas y también porque sus gobiernos no hacen suficiente para protegerlas.
Para Sessions, sin embargo, la definición de “grupo social particular”, que ampara ese tipo de asilos, es demasiado genérica. El exsenador por Alabama avanzó, en un evento pocas horas antes de conocerse la decisión judicial, que iba a restaurar los “principios sensatos de asilo y de la ley migratoria”. Su objetivo es que, al elevar el umbral por el que EE UU puede acoger a inmigrantes que escapan de la violencia y la miseria en Centroamérica, se reduzcan los retrasos en los tribunales migratorios, que tardan meses o años en resolver si un indocumentado puede quedarse en EE UU.
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