La nueva ley elimina la pena en el caso de estudiantes y mujeres con hijos, discapacitados o mayores a su cargo, antes de la semana ocho de gestación
29 de septiembre de 2017 – La Paz – Agencias.
La Cámara de Diputados de Bolivia ha aprobado este viernes el artículo 153 de un nuevo Código Penal que se está discutiendo en los últimos días y ha despenalizado varios casos de aborto bajo diferentes supuestos. Al mismo tiempo, la ley sigue considerando la interrupción del embarazo como un delito y sancionándola con hasta tres años de prisión. Si el anterior Código Penal boliviano no castigaba los abortos después de violación o cuando existía riesgo para la salud de la mujer, el actual declara también exentos de pena los abortos que, siendo practicados antes de las ocho semanas de embarazo, hayan sido decididos por mujeres que sean estudiantes o que tengan niños, adultos mayores o discapacitados a su cargo.
La norma obliga también a los servicios públicos de salud a proveer de esta intervención sanitaria a las mujeres que los soliciten y cumplan los requisitos ya explicados, sin poder “alegar objeción de conciencia”. Esta facultad se reconoce únicamente de forma “individual” al personal médico y debe ser expresada con anticipación. Además, no tiene validez en caso de riesgo de muerte para la madre.
La objeción de conciencia fue un importante tema del debate previo a la aprobación de esta norma, ya que varias asociaciones médicas anunciaron que se acogerían a ella para bloquear en la práctica la planeada ampliación de los casos legales de aborto.
El Colegio de Médicos actuó en coordinación con los obispos católicos para oponerse al proyecto de esta ley, que fue presentado por el oficialista Movimiento al Socialismo. Aunque el Estado fue declarado laico en 2009 y los abortos terapéuticos se permiten desde los años setenta, la influencia de las iglesias sobre la población boliviana es muy fuerte.
Inicialmente, los parlamentarios defensores de la reforma quisieron suspender el derecho de los médicos y salubristas a negarse a practicar interrupciones del embarazo, pero esto se consideró contrario a los derechos constitucionales de estos. Finalmente, la Cámara redactó el texto que fue aprobado y que permite la objeción de conciencia, siempre que sea individual y no colectiva, y al mismo tiempo obliga a los servicios de salud a formar centros con personal dispuesto a hacer el trabajo que requieran las mujeres que se acojan a la ley.
Otro punto de discusión fue si incluir la pobreza como condición suficiente para suspender la sanción del aborto o no. Los parlamentarios reformistas querían hacerlo, pero el punto se prestó a los ataques de los penalizadores, que los acusaron de usar el aborto como mecanismo de control de la natalidad. Al final, el requisito de la condición socioeconómica fue eliminado, aunque se mantiene implícito en la despenalización del aborto de las mujeres que tienen una familia que mantener.
El debate de esta ley causó una fuerte polarización en la sociedad boliviana y es improbable que hubiera pasado sin la mayoría que tiene el oficialismo en el Congreso. Sin embargo, la cuestión también dividió a los seguidores del presidente Evo Morales, quien no se pronunció sobre el tema, mientras que varios parlamentarios de oposición respaldaron la enmienda, que el movimiento feminista local considera “insuficiente”, pero también “un paso adelante”.