30 de agosto de 2017 – Consejo tributario de verano del IRS 2017-24SP.
Los contribuyentes que buscan un nuevo empleo en la misma línea de trabajo, tal vez puedan deducir algunos gastos de la búsqueda de trabajo en sus declaraciones de impuestos federales, aunque no consigan el nuevo trabajo.
Estos son algunos datos importantes para saber acerca de la deducción de los gastos relacionados con la búsqueda de empleo:
- La misma ocupación. Los gastos son deducibles de impuestos, cuando la búsqueda de empleo está en la línea de trabajo actual de un contribuyente.
- Gastos de currículo. Los gastos asociados con preparar y enviar por correo un currículo vitae son deducibles de impuestos.
- Gastos de viaje. Los gastos de viaje para buscar un nuevo trabajo son deducibles. Los gastos, que incluyen el transporte, dieta y alojamiento son deducibles si el viaje tiene el propósito principal de buscar un nuevo empleo. Algunos gastos son deducibles, incluso si la búsqueda de empleo no es el propósito principal del viaje.
- Agencia de empleo. Las cuotas pagadas por la colocación de empleo o a una agencia de empleo son deducibles.
- Gastos reembolsados. Si un empleador o un tercero reembolsa los gastos relacionados con la búsqueda, tales como cuotas de las agencias, éstos no son deducibles.
- Anexo A. Declare los gastos de búsqueda de empleo en el Anexo A, en inglés, de una declaración de impuestos en el Formulario 1040 y reclámelos como deducciones misceláneas. El total de las deducciones misceláneas no puede superar el dos por ciento de los ingresos brutos ajustados.
Los contribuyentes no pueden deducir estos gastos si:
- Buscan un empleo en una nueva ocupación,
- Tuvieron una pausa sustancial entre el último empleo y la búsqueda de un nuevo empleo, o
- Buscan empleo por primera vez.
Para obtener más información acerca de la búsqueda de empleo, consulte la Publicación 529, Deducciones misceláneas, en inglés. Los formularios y publicaciones tributarios del IRS están disponibles en todo momento, en IRS.gov/forms.
Evite las estafas. El IRS nunca inicia contacto por los medios sociales o mensajes de texto. El primer contacto generalmente le llega por correo. Aquellos que se preguntan si adeudan dinero al IRS, pueden ver la información de su cuenta tributaria en IRS.gov/espanol para averiguarlo.
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